Ya hemos comentado en varias ocasiones que la conflictividad entre los progenitores puede imposibilitar la concesión de custodia compartida.

Encontramos una reciente sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Pontevedra, que resuelve la petición de un progenitor que solicitaba la custodia compartida de su hija, en un procedimiento de modificación de medidas.

Para resolver el procedimiento, se llevó a cabo la pericial de la hija común por el gabinete psicosocial, indicando la menor, que su padre le obligaba a llamar mamá a la nueva pareja del padre, y que esto no le hacía sentirse bien.

Pone de relieve el informe psicosocial que “esta circunstancia afecta a la estabilidad emocional de la menor en la correcta diferenciación de los roles entre madre y nueva pareja”.

La Audiencia Provincial destaca la incorrecta actitud del padre cuando la niña presenta ansiedad, puesto que prefiere que sea la madre quien atienda el estado psicológico de la misma, no solo cuando esta en su compañía, sino también cuando permanece con el padre.

Este hecho ha provocado que se haya generado un mayor vínculo y una relación más estrecha entre madre e hija.

De la misma forma, la Resolución destaca la grave conflictividad existente entre los padres, que viene de lejos con distintas denuncias cruzadas por malos tratos, abusos sexuales, etc., que han sido archivadas, pero que reflejan la poca capacidad de los padres para tomar acuerdos, que aún pueden complicar más los acuerdos en decisiones cotidianas de custodia compartida.

Por todo ello, y con la finalidad de proteger el interés de la menor, la Audiencia deniega el establecimiento de una custodia compartida, y la continuidad de la custodia a favor de la madre con un régimen de visitas para el padre.

Cuenca Abogada de Familia en Zaragoza.