El Tribunal Supremo ha retirado la custodia de sus hijos a una madre que era víctima de violencia de género.

 

 

El procedimiento comenzó a instancias del progenitor al ser conocedor de que su exesposa había interpuesto una denuncia por violencia de género contra su actual pareja, con la que tiene dos hijos más. Y existir condena y orden de alejamiento, habiéndose producido los hechos delante de los menores.

El citado interpuso un procedimiento de medidas urgentes en solicitud de la custodia de sus dos hijos, si bien el Juzgado de Primera Instancia mantuvo la custodia a favor de la madre, y también la Audiencia Provincial.

Por este motivo, el padre de los menores interpone recurso ante el Tribunal Supremo, que ha decidido otorgar la custodia a este progenitor, señalando que los poderes públicos la responsabilidad añadida de proteger especialmente a dos menores que se encuentran en plena etapa de desarrollo y que, “no pueden defenderse por sí mismos ante el impacto emocional que sufren y que (…) provoca una indiscutible carga negativa constitutiva de un factor de riesgo para el equilibrio de su salud mental”.

El Supremo pone de relieve que ha quedado acreditado que la madre continúa conviviendo con su actual pareja, que ha sido condenada, como indicamos, tanto con sus dos primeros hijos, como con los habidos con el condenado.

Además, familiares directos de la madre han afirmado el miedo a posibles nuevas agresiones, y a la resistencia de la progenitora a poner fin a dicha relación.

Refiere el Supremo, que si bien el hecho de separar a todos los hijos puede ser perjudicial, lo es más vivir en este ambiente de agresiones, motivo por el cual se atribuye la custodia al progenitor instante del proceso, con visitas para la progenitora en presencia de la familia materna.

Begoña Cuenca Abogada de Familia en Zaragoza.