Comunicación de los progenitores con los hijos
Tanto un progenitor como el otro, en los periodos en que no se encuentren en compañía de sus hijos, tienen derecho a comunicar con éstos de forma diaria o en cualquier caso de forma fluida. Lo habitual es que dicha comunicación se produzca de forma telefónica o por cualquier otro medio telemático, como video llamadas, etc
