En fechas recientes, el Tribunal Supremo ha dictado Sentencia por la que se concede la custodia de las hijas menores a su progenitor.
El tema data del año 2018, en el que la Sentencia de divorcio establecía la custodia compartida de las dos hijas menores. No obstante, a posteriori la progenitora instó un procedimiento de modificación de Medidas por la que solicitaba la custodia a su favor, y ningún tipo de estancias de las hijas con el progenitor, salvo los que se realizasen de forma tutelada en Punto de encuentro Familiar
El padre se opone a esta pretensión y solicita igualmente la atribución en exclusiva de la custodia a su favor, con un régimen de vistas para la progenitora.
El quipo psicosocial adscrito al Juzgado, determinó que la madre fomentaba el rechazo de las hijas hacia el padre, presentando una mayor influencia negativa, la hija mayor. Esta actitud de la madre estaba afectando al desarrollo psicoevolutivo de las niñas, que puede dejar graves secuelas para su vida.
El informe recomienda la remisión a salud mental de la hija mayor.
El Juzgador concede al progenitor la custodia, por entender que el discurso de las menores coincide con el de la madre, de modo que las opiniones de las hijas están distorsionadas, o influidas por la progenitora, y, por tanto, que no es una decisión madura y objetiva.
La madre disconforme con la Resolución presenta Recurso ante la Audiencia Provincial de Córdoba, por entender que la pericial psicológica no se ha realizado de forma correcta. La Audiencia defiende dichos informes, y mantiene la custodia a favor del padre.
El argumento empleado es la mejoría en la actitud de la hija mayor, refrendada por los informes de Salud Mental del hospital, el informe señala que la menor presenta “un buen funcionamiento escolar y extraescolar, y una buena contención de irritabilidad y otros estados emocionales”. Aunque la niña continuaba mostrando un afecto negativo frente al padre, está contenido e interiorizado.
Además, el informe constaba que los episodios de ansiedad habían disminuido considerablemente y que la menor se sentía cuidada y cada vez más adaptada a la casa de su padre, aunque echaba mucho de menos a su madre.
Por último, la madre disconforme la Resolución de la Audiencia, recurre al Supremo quien desestima su recurso, confirmando la atribución de la custodia al padre.
Begoña Cuenca abogada de Familia en Zaragoza.
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