Una sentencia dictada en un divorcio de mutuo acuerdo recogerá los pactos y condiciones que han decidido los dos miembros de la pareja.

 

 

Una sentencia dictada en un proceso contencioso, establecerá las consecuencias decididas por el juez. Cada parte propone y el juez dispone.

Por ello, y en general, un mutuo acuerdo se adaptará en mejor medida a vuestras circunstancias particulares.

Un divorcio de mutuo acuerdo, es más ágil y rápido, una vez logrado el acuerdo, se obtiene antes la resolución.

Si el procedimiento es contencioso, hay que presentar una demanda, la otra parte contestarla, y después llevar a cabo el juicio. Además, si una de las partes no está conforme con la sentencia, puede recurrirla; en consecuencia, los plazos se alargan.

Obviamente, un procedimiento contencioso genera mayor coste económico.

Un divorcio contencioso provoca más estrés entre la pareja, y en ocasiones, en los hijos.

Si la pareja ha conseguido acordar su ruptura, es posible que también pueda superar y pactar las diferencias que se generen en el futuro.

En un procedimiento de mutuo acuerdo, cabe la posibilidad de liquidar vuestro régimen económico matrimonial, y repartir vuestros bienes, de forma que no necesitaréis una nueva escritura.

En un proceso contencioso, hasta que no este finalizado el divorcio, no puede instarse un procedimiento de liquidación de bienes, que es largo, costoso en tiempo y en dinero.

Por tanto si os encontráis en esta situación me pongo a vuestra disposición para tratar de conseguir el acuerdo más favorable.

Begoña Cuenca Abogada de Familia en Zaragoza.