Siempre os he recomendado que, tras la ruptura, la mejor opción es optar por un divorcio de mutuo acuerdo.

Pero con la nueva modificación legislativa, aún me reafirmo, con mayor convencimiento, en esta idea.

 

 

Desde el mes de abril de 2025, antes de acudir al juzgado en un procedimiento, habrá que acreditarse que se ha intentado llegar a un acuerdo.

Un divorcio de mutuo acuerdo puede llevarse a cabo por un solo letrado, que represente a los dos miembros de la pareja, o por dos abogados. De forma que, si inicialmente no tenéis similares planteamientos, es mejor que cada uno busque el letrado de su confianza.

Os recomiendo que os dejéis asesorar por el profesional, y que no mantengáis posiciones alejadas de la realidad jurídica, ni os empecinéis en solicitar cuestiones que los jueces no van a admitir.

Por ello ser coherentes, con vuestra situación particular, laboral, financiera, etc. Pactar compromisos que no son viables o alcanzables, generará muchas complicaciones en el futuro.

Con esto me refiero, a que si vuestros horarios laborales no son compatibles con los de vuestros hijos, no tiene sentido pedir una custodia compartida.

De la misma forma, si el coste de asumir los gastos de la vivienda es demasiado elevado, quizá sea conveniente vender la casa.

Comprometerse al abono de una pensión alimenticia elevada, no acorde con los ingresos del pagador, va a generar impagos innecesarios y procedimientos a posteriori, incluso en el orden penal.

Fijar visitas intersemanales con vuestros hijos, cuando por cuestiones laborales, no es factible, no es conveniente para los hijos, máxime cuando son pequeños, ellos están esperando tu asistencia y les provoca sufrimiento.

Además, puede provocar que el otro progenitor inste procesos ejecutivos para el cumplimiento.

Exponed claramente vuestra situación, de modo que vuestro abogado pueda redactar un pacto que satisfaga las pretensiones de ambos, y sea beneficioso para vuestros hijos.

Begoña Cuenca Abogada de Familia en Zaragoza.