Cuando se produce la ruptura de la pareja, independientemente que esta sea de forma contenciosa o amistosa, una de las circunstancias a regular es el reparto de los tiempos vacacionales de los hijos comunes.
Ya hemos indicado, que se reparten por mitad las vacaciones escolares de los hijos, tanto de Navidad, Semana Santa y verano.
Estad atentos porque se trata de las vacaciones escolares de los hijos, que son mucho más amplias que las de los progenitores.
A pesar de que los profesionales intentamos regular y especificar, al máximo, cómo se produce este reparto, a veces se generan fricciones entre los padres.
La tendencia habitual es realizar la distribución por periodos homogéneos y de misma o casi idéntica duración, y señalar que años pares elige su comienzo un progenitor, y años impares el otro.
De la misma forma, normalmente se indica que este derecho de elección tiene que ser notificado al otro en un plazo determinado (puede ser un mes antes del comienzo de las vacaciones), de modo que si no se realiza dicha notificación, se pierde este derecho de elegir el comienzo, que no las vacaciones.
Como digo estas normas están generando notable problemática, por lo que de un tiempo a esta parte, varios profesionales, estamos incluyendo clausulas en los procedimientos de mutuo acuerdo, por las cuales dejamos ya fijados los turnos, por ejemplo el padre disfrutará de los primeros periodos de todas las vacaciones y la madre de los segundos en año par, y al contrario en año impar, de modo que los padres desde el inicio ya saben cuando estarán con sus hijos, y así pueden solicitar sus vacaciones en la empresa en función de estos turnos.
Es una forma de evitar conflictos, y de organizar nuestra vida laboral con la familiar.
También elimina las fricciones que suponen las elecciones de un progenitor al final del plazo o incluso fuera de éste.
Esta idea como digo me parece muy interesante, por lo que se la propongo a mis clientes, en los supuestos de mutuo acuerdo, pero vía contenciosa habrá que esperar a ver si los Jueces acogen la misma con agrado.
Begoña Cuenca Abogada de Familia en Zaragoza.
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