La Audiencia Provincial de Pontevedra ha confirmado una sentencia de Vigo, por la que se concede la custodia compartida de un hijo a ambos progenitores, a pesar de la negativa de la madre.
La madre argumentaba que ella se había dedicado en mayor medida a la crianza del hijo, alegando que había sido ella quien se había reducido la jornada laboral.
También que, desde la ruptura, la organización familiar se llevaba a cabo como si ella tuviese la custodia en exclusiva.
La prueba psicosocial puso de relieve, tras la entrevista del menor, que seguía manteniendo el colecho con su madre, y que el padre estaba intentando cambiar este hábito.
El informe de los peritos concluye que la madre se encuentra presente de manera excesiva en todas las esferas de la vida de un menor. Y pone de relieve que existe un “diferente fomento de la autonomía” en el entorno materno y en el paterno.
Destaca que la custodia compartida, “facilitaría un complemento y un equilibrio en sus cuidados y educación, que en este caso concreto se considera fundamental” debido a lo que califica de “actitud de excesiva presencia de la progenitora” en la vida del menor que “podría dificultar sus hábitos de autonomía”.
La Audiencia, a la vista de la prueba practicada, y en especial tras la realización de la pericial, señala que el régimen compartido “permitiría ir reforzando la autonomía del menor” y recalca que el hecho de que una situación se haya prolongado en el tiempo “no impide su modificación” cuando “ambos progenitores presentan habilidades y disponibilidad suficientes”.
La madre niega objetividad al informe psicosocial.
No obstante, la Audiencia, en atención a los argumentos expuestos, y sobre todo en base a las conclusiones de la pericial, establece una custodia compartida del menor de diez años a favor de ambos progenitores.
Begoña Cuenca Abogada de Familia en Zaragoza.
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