En general, cuando se realiza un pacto de relaciones familiares, o el Juez dicta Sentencia de divorcio, se intenta reflejar con el máximo detalle, que gastos están comprendidos dentro de la pensión, y que gastos no lo están.

 

 

No obstante, a veces es difícil enumerar o cuantificar todos estos gastos.

Cada vez es más común, que sea precisa la adquisición de un ordenador para los hijos, como herramienta de estudio.

¿Pero qué carácter tiene este gasto? ¿Está comprendido dentro de la pensión?.

Existen Sentencias de Audiencias Provinciales que entienden que la compra de un ordenador es un gasto que no está comprendido dentro de la pensión, que por tanto es extraordinario, y además necesario, por lo que deberá ser abonado por ambos progenitores.

Su fundamento, es que se trata de “un instrumento necesario e indispensable para la formación de los hijos, tratándose de una adquisición puntual y que, en principio, no es previsible que requiera renovación en cierto tiempo».

es «un instrumento necesario para los menores y jóvenes, en cuanto que no solo contribuye a facilitar sus tareas escolares, y formativas, sino que además se convierte en una herramienta de trabajo necesaria, ya que algunas de las actividades se marcan por los profesores a través del correo electrónico, y para la realización de los trabajos se precisa de un ordenador o Tablet, necesariamente el importe de dicho aparato, que tanto por su coste, como porque no se trata de un gasto habitual y ordinario, encaja dentro del concepto de gasto extraordinario, ha de ser abonado al 50 por ciento por el recurrente».

En la misma línea argumental, otra Sentencia señala que, “también se consideran extraordinarios, el ordenador para la universidad, por ser una herramienta necesaria para sus estudios y exceder su importe del ordinario material escolar”.

Por ello, si el coste del ordenador es razonable, y la economía de los progenitores lo permite, es factible que los Jueces entiendan que dicho gasto es extraordinario necesario a abonar por ambos progenitores.

Begoña Cuenca Abogada de Familia en Zaragoza.