Cuando dos personas contraen matrimonio, deben de decidir qué régimen económico quieren que rija en su relación.
De modo que una opción, es la ganancialidad, que supone que desde el mismo momento del casamiento, las ganancias y las pérdidas son comunes.
Es decir, los salarios, ahorros que se generen desde ese momento, indemnizaciones por despido etc, forman parte de la sociedad de gananciales, y de la misma forma, los créditos, gastos o deudas, también son comunes.
En muchas ocasiones, las parejas vienen al despacho y comentan que tienen cuentas a su nombre, con su ahorro propio, y desgraciadamente tengo que informarles, que dicho ahorro es común, y que llegado el caso habrá que repartirlo.
De la misma forma, me dicen, que uno de ellos ha constituido un crédito constante matrimonio, sin la firma del otro, y misma respuesta he de dar, el préstamo es común, y entre ambos hay que pagarlo.
Otra cuestión muy planteada es la mención a que uno percibe más ingresos que el otro, pero ya sabemos la respuesta, lo percibido por ambos es común.
También, que constante matrimonio, uno de los cónyuges ha adquirido un coche, y que esta a su nombre, pues bien, y de nuevo, hay que decir que el coche es de los dos.
Obviamente, si no deseamos tener esta comunidad de bienes y créditos, debemos de optar, por el régimen de separación de bienes.
¿En qué consiste? Cada cónyuge hará suyas las ganancias, fruto de su trabajo y ahorro, y abonará los gastos y cargas que tenga. Contribuyendo por mitad, si los recursos son similares, al sostenimiento de la familia, o en la proporción que corresponda.
En esencia, y en general, si no se realiza ninguna gestión en contrario, se suele asumir el régimen de gananciales, salvo en determinadas comunidades Autónomas, como Cataluña, Comunidad Valenciana, Baleares, que la opción por defecto es la Separación de bienes.
Por tanto, si no resides en estas zonas, y deseas separación de bienes, hay que acudir al Notario para otorgar en escritura pública, capítulos matrimoniales.
¿Qué régimen es mejor? Ambos tienen ventajas y desventajas. Tiene que ser una decisión personal. Hay personas que opinan que poco o nada tenían al casarse, y que lo generado lo han hecho en común, y otro prefieren gestionar sus ganancias de forma personal, y no unir patrimonios.
Me pongo a vuestra disposición para aclarar esta u otra cuestión relativa al derecho de Familia.
Begoña Cuenca Abogada de Familia.
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