En general, cuando un menor nace, se impone el primer apellido del padre, y el primero de la madre.
No obstante, tras una modificación Legislativa es posible decidir qué apellido se pone en primer lugar. Para ello debe de existir acuerdo entre los progenitores, antes de proceder a su inscripción en el Registro Civil.
Pero hay casos más problemáticos, por ejemplo, cuando el menor no ha nacido dentro del matrimonio, y no ha sido reconocida la paternidad por parte del progenitor, de modo que el menor es inscrito en el Registro Civil con los apellidos de la madre.
Existen varias Resoluciones en las que, tras un procedimiento posterior de reconocimiento de paternidad, el Juzgador, entre otras circunstancias, impone al menor, el apellido del padre, retirando el primero de la madre.
Ante esta situación, varias progenitoras, han interpuesto demandas ante los Tribunales, encontrando una muy reciente de la Audiencia Provincial de Vigo que ha decidido mantener en primer lugar el apellido de la madre, y en segundo lugar el del padre.
El fundamento de tal decisión, se basa en que no se trata de indagar la bonanza de portar el apellido del padre, o si ello genera perjuicio, sino buscar cual será el interés superior del niño, respecto de dicho extremo. Y si a la fecha en que se resuelve el recurso, el menor tiene seis años, y durante este tiempo, con este apellido materno, se le ha identificado familiar, social y escolarmente, con él debe permanecer.
Begoña Cuenca Abogada de Familia en Zaragoza.
Buenas tardes!Padres rumanos adoptamos a una niña
Estamos esperando la nueva inscripción de nacimiento con margen de adopción y tenemos problemas personales existiendo la posibilidad de divorciar antes de que la niña tome nuestro apellido que es el de mi marido ya que en Rumanía la mujer pierde su apellido si ella así lo decide…
afecta con algo nuestra adopción ya que la adopción es definitiva el echo de que nosotros nos divorciemos??
Muchas gracias
Buenas tardes:
Me dirijo a usted para comentarles mi caso. Mi tío muere y desde hace 16 años divorciado, su hija de 30 no quiere saber nada de él, después del divorcio se cambia apellidos. Él le ha pasado pensión hasta los 22 o 23 años. No estudiaba, no trabajaba. ¿Tiene derecho a recibir su parte del testamento? Gracias