El 5 de mayo de 2026 se ha aprobado por el gobierno el anteproyecto de Ley que amplia la Ley de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI), en vigor desde 2021.

 

Dicha ley todavía no está aprobada.

Podemos decir que las novedades de la misma que afectan al derecho de familia son las siguientes:

Todo menor de edad, independientemente de su edad, deberá ser escuchado. Hasta el momento, ello se producía a partir de los doce años, o antes si se entendía que tenía madurez suficiente, y siempre a los catorce años.

Se modifica o matiza la expresión en interés del menor; las resoluciones deberán justificar el porqué de la decisión que se toma y fundamentar las causas que motivan ese superior interés del menor.

Se deberá indagar en las causas por las que un menor no desea relacionarse con un progenitor.

Se prohíbe el uso del término síndrome de alienación parental en cualquier procedimiento judicial.

En cuanto al régimen de custodia compartida, no podrá establecerse si existen indicios de que va a ser perjudicial para el menor.

En temas de violencia, se permitirá el alejamiento del agresor mientras se tramita el procedimiento.

De la misma forma y en procedimientos de violencia, se permitirá la asistencia psicológica del menor sin el beneplácito de ambos progenitores, bastará la autorización de uno de ellos.

En relación a adultos que trabajen con menores, se exigirán mayores cautelas y certificados.

Se creará un turno de oficio especializado en violencia contra la infancia.

Begoña Cuenca Abogada de Familia en Zaragoza.